En serios aprietos el alcalde de Aguada
Ante alegaciones de un posible esquema de corrupción gubernamental en el municipio.

El Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (PFEI) acogió la recomendación del Departamento de Justicia (DJPR), suscrito por la exsecretaria, licenciada Dennise Longo Quiñones, de archivar los casos contra el alcalde Aguada, Manuel Santiago Mendoza. Así como el de la gobernadora y alcaldesa de Morovis.
El PFEI decidió referir el caso contra el alcalde de Aguada a la Unidad de Procesamiento Administrativo Disciplinario (UPAD) tras el informe de DJP que indica que la conducta imputada al alcalde Santiago Mendoza, mediante querella no juramentada, fue presentada ante ese departamento por el licenciado Christian Cortés Feliciano, Legislador Municipal de Aguada.
En la querella, Cortés Feliciano solicitó al DJPR que realizara una investigación, para lo cual alegó un posible esquema de corrupción gubernamental en el Municipio. Ello, relacionado con los contratos de servicio de respuesta a desastres que fueron adjudicados a la compañía W Construction LLC.
El licenciado Cortés Feliciano alegó que el alcalde Santiago Mendoza le dio preferencia a W Construction, al momento de adjudicar contratos municipales debido a que su presidente, Wilson Matos Ruiz, había tenido una relación de negocios con el hijo de un Ayudante Especial del alcalde. Precisa hacer constar que el licenciado Cortés Feliciano no tenía conocimiento personal de los hechos que alegó en su queja. Además, del expediente no surge evidencia tendente a demostrar la infracción a leyes de índole penal.
En su Resolución, el Panel expresa que luego de examinar la evidencia recopilada en el curso de la Investigación Preliminar de Justicia, no existe en el récord evidencia que aporte la causa suficiente para disponer que el alcalde, Santiago Mendoza ha incurrido en posible conducta delictiva, por lo que no se justifica la designación de un FEI.
No obstante, ante la negligencia atribuida al alcalde, en el referido informe de investigación, el Panel acoge la recomendación del DJPR de que este asunto debe ser referido a la UPAD, para la evaluación y determinación correspondiente.
Atendido lo anterior, el Panel dispone el archivo del caso contra el alcalde en cuanto al proceso de índole penal, sin embargo, lo refiere al trámite administrativo ante la UPAD para que se evalúe el posible incumplimiento con los deberes que venía obligado a cumplir el primer ejecutivo municipal.