DRNA anuncia la prohibición de la captura de carrucho hasta el 31 de octubre

Todos los pescadores y distribuidores tienen 7 días desde el inicio de la veda para deshacerse de su inventario.
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El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), informó que a partir de ayer, 1 de agosto hasta el 31 de octubre, la captura de carrucho (Strombus gigas) está prohibida en las aguas locales.

Se estima que  la pesca de esta especie representa del 10 al 12% de las capturas hechas por pescadores comerciales en la Isla, lo que ha causado que las poblaciones hayan disminuido. Con el fin de contrarrestar el efecto de la pesca intensa sobre el carrucho, se crearon medidas que protejan esta especie.

La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (IUCN)  lo declaró especie amenazada comercialmente en muchas áreas del Caribe y ha estado incluido en el listado de especies amenazadas del CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre) desde 1992.

El Reglamento de Pesca 7949 del DRNA  (Artículo 8.23) establece lo siguiente:

Será ilegal que cualquier persona viole el período de veda del carrucho común o rosado del 1 de agosto al 31 de octubre de cada año o durante el tiempo que el secretario determine. Todo pescador comercial, vendedor o pescadería tendrá hasta el 7 de agosto de cada año para liquidar los abastos en existencia de dicha especie. Las personas que lo importen deberán demostrarlo mediante recibo de compra”.

Reporte cualquier actividad  ilegal de pesca al Cuerpo de Vigilantes (787) 724-5700.

 

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